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Impuestos por Criptomonedas en Panamá 2026 y el Anteproyecto 314

La tributación cripto en Panamá se apoya en el régimen territorial, sin ley específica todavía. Esto es lo que se interpreta hoy y qué trae el Anteproyecto 314 en debate.

Awake ResearchEquipo de Investigación · 5 ago 2026
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Panamá tiene fama de plaza cripto-friendly, y la pregunta que aparece siempre es la misma: ¿tengo que pagar impuestos cuando vendo cripto o gano con USDT? La respuesta honesta tiene dos capas: qué dice el marco fiscal actual, y qué se está debatiendo en la Asamblea. Vamos por partes, sin inventar tasas que hoy no existen.

El estado actual: sin ley cripto vigente

Panamá todavía no tiene una ley específica de criptoactivos en vigor. El antecedente más conocido es el proyecto de 2023 (la Ley 697), que fue objetada por el Ejecutivo y luego declarada inconstitucional en aspectos clave, así que no llegó a regir. Resultado: la tributación de cripto se apoya, por ahora, en la lógica general del impuesto a la renta panameño, no en una norma dedicada.

El Anteproyecto 314: lo que se está debatiendo

Lo más fresco es el Anteproyecto 314, un «Marco Integral de Tecnologías Financieras» presentado el 13 de enero de 2026, que busca ordenar el tratamiento de criptomonedas, stablecoins y NFT en Panamá. Es un debate legislativo vivo: define reglas para el sector, no un impuesto express al usuario. Como cualquier anteproyecto, puede cambiar mucho antes de convertirse en ley — o no llegar a serlo.

Lo que un anteproyecto NO es: una ley vigente. Nada del 314 te obliga hoy. Cualquier titular que te diga que «ya hay que pagar X% por cripto en Panamá por el 314» está adelantándose a algo que todavía no está aprobado. Seguí el estado del trámite en la Asamblea antes de asumir nada.

Cómo se interpreta hoy la tributación

Con el régimen territorial de fondo, la lectura más común entre contadores es por la fuente de la ganancia. Si tu operación cripto tiene origen en el exterior (un exchange internacional, contraparte fuera de Panamá), se acerca a la lógica de renta de fuente extranjera, que en principio no tributa ISR. Si hay fuente panameña, habitualidad o estructura de negocio local, la conversación cambia. No es una tasa fija: es un análisis de fuente y naturaleza que conviene hacer con un contador.

Qué registrar igual (esto no es opcional)

Se defina como se defina la norma, cualquier contador te va a pedir lo mismo:

  • Fecha y monto de cada compra (tu costo)
  • Fecha y monto de cada venta (tu ingreso)
  • La ganancia o pérdida resultante
  • El respaldo: comprobantes del exchange o la plataforma P2P
  • Y acá Panamá te simplifica la vida: como está dolarizado, tu registro ya está en USD, sin el paso extra de convertir a moneda local que complica el cálculo en otros países. Un problema menos.

    El cruce con el trading

    Si además de cripto operás forex, futuros o cuentas de fondeo, tu situación combina varias fuentes. La guía de impuestos de trading en Panamá cubre el panorama completo, y conviene mirarlo junto con esto para no declarar de más ni de menos.

    Cómo llegar ordenado

    Para el registro, Awake te deja anotar operaciones y conectar tus cuentas (Tradovate, NinjaTrader, cTrader y MT5) para que los trades entren solos, con su resultado calculado. Así llegás a cualquier consulta fiscal con los números listos en vez de con una pila de capturas. Probalo con garantía de reembolso de 14 días desde app.awaketrader.com.

    Aclaración: la regulación cripto en Panamá está en evolución y el Anteproyecto 314 aún se debate. Esto refleja cómo se interpreta a mediados de 2026, no una norma cerrada. Antes de declarar, consultá con un contador panameño que siga de cerca el trámite y los criterios de la DGI.

    Preguntas frecuentes

    ¿Hay que pagar impuestos por criptomonedas en Panamá?

    Depende de la fuente de la ganancia. Panamá es territorial: si tu operación cripto tiene origen en el exterior, se acerca a la lógica de renta de fuente extranjera, que en principio no tributa ISR. Si hay fuente panameña, habitualidad o negocio local, cambia. No hay una tasa cripto fija hoy; es un análisis de fuente y naturaleza que conviene hacer con un contador.

    ¿Qué es el Anteproyecto 314 de Panamá?

    Es un «Marco Integral de Tecnologías Financieras» presentado en la Asamblea el 13 de enero de 2026, que busca regular criptomonedas, stablecoins y NFT. Es un debate legislativo en curso, no una ley vigente: puede cambiar mucho o no aprobarse. Seguí el estado del trámite antes de asumir que ya rige algo.

    ¿Panamá tiene una ley de criptomonedas vigente?

    No a mediados de 2026. El antecedente es el proyecto de 2023 (Ley 697), que fue objetado y declarado inconstitucional en aspectos clave, por lo que no llegó a regir. Hoy la tributación cripto se apoya en la lógica general del impuesto a la renta, no en una ley cripto dedicada. Verificá el estado actual antes de decidir.

    ¿Cómo declaro mis ganancias con criptomonedas en Panamá?

    En general se analiza según la fuente y la naturaleza de la ganancia, bajo el régimen territorial. Lo más importante, dado que el marco está en definición, es tener el registro completo (compras, ventas, resultado) y validar el encuadre con un contador panameño antes de presentar.

    ¿Qué necesito guardar para declarar cripto en Panamá?

    Fecha y monto de cada compra y venta, la ganancia o pérdida resultante, y los comprobantes del exchange o la plataforma P2P. Como Panamá está dolarizado, tu registro ya queda en USD sin el paso de convertir a moneda local. Si operás seguido, llevar ese registro al día es la única forma realista de no reconstruir un año entero a mano.

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