Impuestos Cripto SII Chile 2026: Tasa Única 25% Mayor Renta y Exenciones
Cómo el SII grava las criptomonedas en Chile 2026: tasa única del 25% en mayor renta, escala IGC progresiva si es renta complementaria, exenciones bajo 8 UTM, y casos prácticos con Buda y Binance.
El journal con IA que detecta lo que tu memoria no ve
- →Importás tu histórico de MT4, MT5, cTrader o TradingView en un click.
- →La IA emocional detecta FOMO, revenge trading y patrones que arruinan tu edge.
- →Métricas reales: win rate por setup, expectancy, drawdown. Sin Excel.

¿Cómo se gravan las criptomonedas en Chile en 2026?
En Chile, las ganancias por venta de criptomonedas tributan según dos posibles regímenes definidos por la Ley sobre Impuesto a la Renta (Decreto Ley 824 de 1974). El régimen de impuesto único de mayor renta aplica una tasa única del 25% sobre la ganancia obtenida por la enajenación. El régimen de renta complementaria al Impuesto Global Complementario (IGC) suma la ganancia cripto al resto de tus rentas para tributar entre 0% y 40% según escala progresiva. La elección depende de tu situación: por defecto, las ganancias de capital por enajenación de activos digitales se tratan como renta del artículo 17 con régimen del impuesto sustitutivo.
El Servicio de Impuestos Internos (SII) emitió oficios y resoluciones aclarando que las criptomonedas son activos digitales gravados (no son moneda de curso legal en Chile, eso lo aclara el Banco Central). El SII también ha aclarado que cada operación de compraventa es hecho imponible, y que el método de costeo aceptado es FIFO o costo promedio ponderado, manteniendo consistencia.
Existen exenciones relevantes. Si la ganancia neta anual no supera 8 UTM (Unidad Tributaria Mensual), está exenta. La UTM para 2025 ronda 67.000 CLP, por lo que 8 UTM equivalen aproximadamente a 536.000 CLP anuales. Para traders esporádicos esta exención es valiosa. Para profundizar tu planificación podés simular escenarios en /herramientas/calculadora-riesgo.
¿Cuánto se paga de impuestos por cripto en Chile?
El cálculo depende del régimen aplicable. Veamos los dos escenarios con un ejemplo: un trader chileno que ganó 10.000.000 CLP por venta de cripto durante 2025.
Escenario 1: tasa única del 25% (régimen del artículo 107 LIR para enajenación habitual de bienes raíces y otros, aplicado a activos digitales en ciertas condiciones).
Ganancia neta: 10.000.000 CLP. Impuesto: 10.000.000 × 25% = 2.500.000 CLP. Tasa efectiva: 25%.
Es el régimen más usado para ganancias de capital de inversores no habituales.
Escenario 2: IGC progresivo si la ganancia se trata como renta complementaria.
La tabla IGC 2025-2026 (según lo vigente al cierre de 2025, ajustable por UTA):
| Tramo (UTA anual) | Marginal |
| Hasta 13,5 UTA | 0% (exento) |
| 13,5 a 30 UTA | 4% |
| 30 a 50 UTA | 8% |
| 50 a 70 UTA | 13,5% |
| 70 a 90 UTA | 23% |
| 90 a 120 UTA | 30,4% |
| 120 a 310 UTA | 35% |
| Más de 310 UTA | 40% |
La UTA (Unidad Tributaria Anual) para 2025 ronda 810.000 CLP, ajustable. Si tu único ingreso del año son los 10 millones cripto, eso equivale a unos 12,3 UTA, dentro del tramo exento. Pero si tenés sueldo anual de 30 millones CLP, el total cripto + sueldo (40 millones = aprox 49 UTA) te ubica en el tramo 8% marginal. La integración varía y conviene calcular ambos escenarios antes de decidir.
Exención bajo 8 UTM: si tu ganancia total cripto del año no supera 8 UTM (aprox 536.000 CLP para 2025), está exenta. Esta exención aplica a pequeños inversores.
Mayor renta del 25%: cuándo aplica y cómo se calcula
La tasa única del 25% sobre la mayor renta es el régimen más usado por inversores cripto chilenos no habituales. Funciona como un impuesto sustitutivo: pagás 25% sobre la ganancia y queda libre de IGC adicional.
Cómo se calcula. Precio de venta menos costo de adquisición actualizado (en pesos, al tipo de cambio del día de cada operación). Se permite deducir comisiones del exchange y gastos directos de la operación. El método FIFO o costo promedio ponderado debe mantenerse consistente.
Ejemplo: compraste 0,2 BTC en julio 2024 a 60.000 USD (TC 950 CLP/USD), costo total 11.400.000 CLP. En noviembre 2025 vendiste a 95.000 USD (TC 980 CLP/USD), venta bruta 18.620.000 CLP. Comisión Buda 0,2% = 37.240 CLP. Ganancia neta: 18.620.000 - 37.240 - 11.400.000 = 7.182.760 CLP. Impuesto único 25%: 1.795.690 CLP.
Cuándo conviene este régimen. Cuando tu IGC marginal sería superior al 25% (es decir, cuando tu renta total te ubicaría en tramos superiores al 13,5% IGC, lo que en la práctica ocurre cuando tu renta total anual supera aproximadamente 60 millones CLP). Si tu IGC marginal sería inferior al 25%, conviene optar por integrar la ganancia al IGC y pagar menos.
Cuándo NO conviene. Cuando la ganancia es pequeña y caés en tramos bajos del IGC, integrar es mejor. También si tenés pérdidas en otras categorías que podrían compensar la ganancia cripto en IGC integrado.
Renta complementaria al IGC: cuándo y cómo declarar como renta global
El régimen alternativo es integrar la ganancia cripto al Impuesto Global Complementario (IGC), que aplica la escala progresiva sobre el total de tus rentas del año.
Quiénes deberían considerar este régimen. Personas con baja renta total anual (sueldos menores a 13,5 UTA quedan exentos completos). Personas que prefieren simplicidad operativa. Personas con pérdidas en otras categorías que pueden compensar.
Cómo se integra. La ganancia neta cripto se reporta en el Formulario 22 (F22) en la sección de rentas complementarias o de capital. Se suma a otros ingresos (sueldos del Formulario 30, honorarios, dividendos) y sobre el total se aplica la tabla IGC. El crédito por impuesto único u otros impuestos pagados antes se imputa.
Ejemplo: tu único ingreso del año son 5.000.000 CLP de ganancia cripto. Como persona sin otros ingresos, esto equivale aproximadamente a 6,2 UTA, dentro del tramo exento (hasta 13,5 UTA). En IGC integrado pagás 0 CLP. En régimen único pagarías 25% = 1.250.000 CLP.
La elección entre los dos regímenes se hace al presentar el F22 anual. SII no permite cambiar después de presentado, por lo que conviene simular ambos escenarios antes de declarar. Existen calculadoras simples en la web del SII y de algunos exchanges chilenos. Para trading general podés ver /educacion/impuestos-trading-chile.
Exenciones y casos especiales en Chile
Tres exenciones y situaciones especiales merecen atención.
Exención de 8 UTM por ganancias menores. Si tu ganancia neta anual por enajenación de bienes muebles e intangibles (incluye cripto) no supera 8 UTM (aprox 536.000 CLP para 2025), la ganancia está exenta. Es exención automática, no requiere trámite. Importante: la exención es por ganancia neta, no por monto operado. Si vendiste cripto por 50 millones pero tu ganancia fue solo 400.000 CLP, queda exenta.
Exención por habitualidad inversa. Si el SII determina que la actividad de compraventa cripto es 'habitual' (alta frecuencia, estructura comercial, recurrencia), la ganancia pasa a tratarse como renta de primera categoría (empresarial), gravada al 27% más IGC sobre los retiros. Esto suele ser menos favorable. La determinación de habitualidad es caso por caso por el SII.
Minería y staking. Los rewards por minería y staking se consideran renta al momento de su recepción, valuados al precio en CLP del día. Luego, la posterior venta de esos rewards puede generar ganancia o pérdida adicional. La minería como actividad empresarial requiere inscripción y emisión de boletas o facturas.
Donaciones y herencias cripto. Las cripto recibidas por donación o herencia están sujetas al Impuesto a las Herencias y Donaciones (Ley 16.271). La valuación es al precio de mercado al momento de la transferencia. Posteriores ventas se calculan sobre ese valor como costo base.
Residentes vs no residentes. Residentes chilenos tributan por renta mundial. No residentes tributan solo por rentas de fuente chilena con retención del 35% en general. Vendedores no residentes que operan en Buda (exchange chileno) reciben retención automática.
Cómo declarar cripto en el F22 del SII
El formulario 22 (F22) es la declaración anual de renta que presentan personas naturales y jurídicas en Chile. Para personas naturales con ganancia cripto, el proceso operativo tiene seis pasos.
Paso 1: Tené tu clave tributaria del SII activa. Si no la tenés, podés tramitarla en línea con cédula de identidad.
Paso 2: Descargá información de exchanges. Buda ofrece reporte anual con ganancias y pérdidas calculadas. Para exchanges del exterior (Binance, Coinbase, Kraken), descargá CSV y procesá manualmente o con Koinly.
Paso 3: Convertí cada operación a CLP. SII publica TC para cada día (USD vendedor del Banco Central). Para volúmenes altos, automatizar con script o herramienta es práctico.
Paso 4: Calculá ganancia neta. Aplicá FIFO o costo promedio. Restá comisiones. Determiná si la ganancia total supera 8 UTM (si no, exenta).
Paso 5: Simulá ambos regímenes (25% único vs IGC integrado) y elegí el más favorable.
Paso 6: Completá el F22. La sección 'Mayores valores en venta de bienes raíces y otros' o la sección de 'Rentas de capitales mobiliarios' según corresponda. Para ganancias cripto, la línea específica varía según el año y la opción elegida.
Paso 7: Verificá impuesto a pagar. SII calcula automáticamente y muestra el monto. Pagás vía sitio del SII con cargo a cuenta bancaria.
Vencimiento típico: abril del año siguiente al ejercicio. Para fiscal 2025, vencimiento abril 2026 con fechas escalonadas según último dígito del RUT.
Buda, Binance y exchanges en Chile
Los exchanges con presencia en Chile tienen tratamiento distinto en términos de reporting al SII.
Buda. Exchange chileno con cumplimiento regulatorio local. Reporta operaciones a SII y a UAF (Unidad de Análisis Financiero). Ofrece a usuarios un reporte fiscal anual exportable con todas las operaciones del año, convertidas a CLP, listo para llevar al contador o subir a una herramienta. Los retiros bancarios desde Buda se procesan vía cuenta corriente con todos los registros formales.
Orionx. Exchange chileno con operaciones P2P y trading. Similar nivel de cumplimiento a Buda. Reporta a UAF.
CryptoMarket. Originalmente chileno, ahora con operaciones regionales. Mantiene cumplimiento chileno para usuarios locales.
Binance. No tiene presencia legal en Chile como entidad local. Reporta vía CRS por su brazo europeo (cuando el usuario activó KYC vinculado a una jurisdicción CRS reportante). Para usuarios chilenos, los retiros suelen pasar por proveedores intermediarios o P2P. Movimientos bancarios asociados quedan registrados por el sistema financiero local.
Coinbase, Kraken, KuCoin. Sin presencia local. Reportan a sus jurisdicciones respectivas según CRS y FATCA. La información puede llegar a Chile vía intercambio automático.
CARF. Chile adhiere progresivamente al Crypto Asset Reporting Framework de OCDE. Los primeros reportes CARF se esperan para 2027 sobre operaciones 2026, según lo vigente al cierre de 2025. Esto ampliará significativamente la visibilidad del SII sobre operaciones cripto en exchanges del exterior.
Errores y estrategias para declarar cripto en Chile
Los errores más comunes y cómo evitarlos.
Uno: no declarar por estar bajo 8 UTM. Aunque tu ganancia esté exenta, conviene declararla en el F22 con monto cero o como exenta. Mantiene tu historial fiscal limpio y facilita futuras consultas.
Dos: confundir mayor renta única con régimen empresarial. La tasa del 25% del régimen único no es la misma que el 27% del régimen empresarial de primera categoría. Si el SII te recategoriza como habitual, tu carga fiscal sube y se complica.
Tres: no usar la exención correctamente. Si tenés ganancias por más de una categoría (cripto + venta de acciones), los 8 UTM se calculan globalmente, no por cada categoría. Sumar todas las ganancias antes de aplicar la exención.
Cuatro: omitir minería o staking. Los rewards son renta del año de recepción aunque no los hayas vendido. Valuarlos al precio de ese día.
Cinco: no separar trading de holding. Mantener wallets separadas (cold storage para holding, exchange para trading) facilita demostrar la naturaleza de cada activo en caso de fiscalización.
Estrategias legales:
- Tax-loss harvesting: realizar pérdidas en diciembre para compensar ganancias del año. Las pérdidas en cripto pueden compensar ganancias del mismo régimen. - Optar por integración al IGC cuando tu renta total te deje en tramos bajos. - Donaciones a instituciones autorizadas: deducción de hasta el 2% de la renta neta global complementaria. - Diferir realizaciones: si vas a tener un año de baja renta, programar la realización de ganancias para ese año baja la tasa marginal.
La documentación es la mejor inversión: capturas de pantalla, exports mensuales, comprobantes de transferencias. SII puede solicitar respaldo hasta seis años después del ejercicio.
Gana +140 XP leyendo esto en la app
Registra este artículo como leído y sube de nivel en Awake Trader.
Abrir en la app